Activación y configuración del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación

Para el correcto funcionamiento de la facturación con el nuevo reglamento, tanto con el sistema VERI*FACTU, como con NO VERI*FACTU, es imprescindible contar con un certificado digital específico que permita la emisión de facturas electrónicas. No todos los certificados digitales son válidos para este fin. 

El certificado digital debe estar emitido expresamente para la firma y emisión de facturas electrónicas, cumpliendo con los requisitos particulares de VERI*FACTU. Un certificado que solo sirve para comunicarse con la AEAT puede no ser suficiente. Antes de proceder a la configuración en a3asesor Ges, se debe verificar que el certificado instalado cumple con estos requisitos, de lo contrario, el sistema no lo reconocerá y no permitirá la configuración. 

Para más información puedes consultar en esta web https://www.cert.fnmt.es/componente/sello-entidad.

Procedimiento de activación y configuración del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación en a3asesor Ges 

La primera vez que accedas a la aplicación se informará de la activación del nuevo Reglamento.

 Al pulsar "Aceptar", se abrirá la ventana Configuración Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF) para la configuración de cada una de las empresas.

Por defecto todos los tipos contables estarán ACTIVADOS automáticamente al nuevo Reglamento, y el envío a VERI*FACTU. Si la empresa tiene algún motivo para no acogerse, tendrás la opción de configurarlo mediante el botón "Configurar".

Esta opción también estará disponible en Datos / RRSIF / Configuración RRSIF para poder identificar las empresas y proceder a configurarlas al Reglamento o en Datos / Empresas de facturación.

punto de menú RRSIF 

opciones acogidas RRSIF  

Debes indicar el uso en esa empresa del Software:

  • Empresa real para gestionar la facturación con datos reales: si es para gestionar la facturación de la empresa.
  • O marcar el indicador de “Empresa de prueba” destinada a demostración de productos u otros usos de carácter educativo o formativa. Pulse más información pulsa aquí.

Configuración del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF)

Deberás indicar si la empresa está acogida al Reglamento o no, y si se quiere enviar a VERI*FACTU o, por el contrario, si tienes un motivo para no acogerte al Reglamento.

Configuración del RRSIF:

Si se marca "Empresa real” debes indicar si la empresa está acogida al Reglamento, y especificar:

  •  Si se quiere enviar utilizando el Sistema VERIFACTU o NO VERI*FACTU (durante este 2026 en periodo de pruebas).
  • Se puede aplazar la configuración hasta la entrada en vigor (no recomendado).
  • O por el contrario, puede que no esté acogida al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación por alguno de los motivos especificados en los artículos 1.3, 3.3 y 5 del Reglamento.
    En este supuesto, debes indicar el motivo por el cual esa actividad no está acogida al Reglamento de la Ley Antifraude. Los motivos de no estar acogido son:
    • Acogido al SII.
    • Empresa situada fuera del territorio español. 
    • Empresa establecida en el territorio foral del País Vasco y sujeta a TicketBAI.
    • Empresa establecida en el territorio foral de Navarra.
    • Solicitud de no aplicación. Art.5 RD 1007/2023, donde será obligatorio informar el código suministrado por Hacienda.

    Si se activa el Reglamento acogido a VERI*FACTU, y se cambia a No VERI*FACTU, la fecha efectiva de la desactivación será el 31 de Diciembre del año en que se desactivó VERI*FACTU y los registros de facturación seguirán enviándose hasta esa fecha. Durante el periodo de prueba, con este cambio se activa en el momento que se indica No VERI*FACTU, por lo que ya no se envían facturas a la AEAT.

    Si se activa el Reglamento acogido a No VERI*FACTU en cualquier momento podrá cambiar a VERI*FACTU.

    Si se marca el indicador “Empresa de prueba” solo podrás seleccionar No VERIF*ACTU o no acogida.

    IMPORTANTE: En caso que se active el Reglamento como No VERI*FACTU será necesario configurar el certificado de máquina antes de “Aceptar” para poder registrarlo. En el caso de VERI*FACTU podrás realizarlo antes de generar el primer registro. Una vez configurado, pulsa "Aceptar".   

    Si dispones de la aplicación antes del 29 de julio de 2025,  opcionalmente podrás marcar “Ahora no, recordarlo más tarde“ hasta 1 de enero de 2027 que obligatoriamente tendrás que configurar acogido o no acogido.

    Certificados

    Según el sistema que se configure, habrá que instalar los certificados en cada terminal.

    Sistema No VERI*FACTU

    En caso de configurar el sistema No VERI*FACTU, será imprescindible instalar y configurar un certificado digital tanto en el equipo local como en todos los terminales que accedan a la aplicación. Esto es necesario para la firma de los registros de facturas, la firma de los registros de eventos y la detección automática de anomalías.

    El certificado se informa desde el apartado Certificado / Mail indicando un certificado válido para cada empresa.

    La aplicación comprobará si existe o no Certificado y en caso necesario avisará al usuario y no dejará guardar la configuración.

    Si no dispones de ningún certificado, deberás instalarlo en tú equipo. Una vez instalado, deberás asociarlo a la Empresa.

    Sistema VERI*FACTU

    Si se indica VERI*FACTU será necesario instalar el certificado SOLO en los terminales que emitan facturas, dado que solo será necesario para el envío de los registros de facturación a VERI*FACTU.

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