Versión 2026.1.0 a3asesor Soc. Cambios Legales y Novedades
Relación de cambios legales y novedades incorporadas en la versión 2026.1.0 de a3asesor Soc:
Cambios legales
Actualización de los tipos de gravamen para 2026 para microempresas, ERD y cooperativas.
a3asesor Soc incorpora los nuevos porcentajes aplicables en 2026 y adapta automáticamente la propuesta del tipo de gravamen en función de las características fiscales de la entidad.
La aplicación continúa automatizando la selección y el cálculo del tipo correspondiente según las características de cada entidad, incorporando directamente los porcentajes del ejercicio 2026.
¿Qué cambia respecto al ejercicio 2025?
| Tipo de entidad | 2025 | 2026 |
| Entidad de reducida dimensión (ERD) | 24 % | 23 % |
| Microempresa. Primeros 50.000 € de BI | 21 % | 19 % |
| Microempresa. Resto de BI | 22 % | 21 % |
En las microempresas, por tanto, los tipos pasan del 21 % / 22 % al 19 % / 21 %, mientras que para las entidades de reducida dimensión el tipo pasa del 24 % al 23 %.
La actualización también contempla automáticamente las combinaciones correspondientes a cooperativas fiscalmente protegidas, cooperativas de crédito y cajas rurales, SOCIMI, entidades ZEC y navieras.
A tener en cuenta en cooperativas
Para las cooperativas fiscalmente protegidas que tengan la consideración de microempresa también se actualizan los porcentajes:
- Resultados cooperativos: 16 % / 18 %.
- Resultados extracooperativos: 19 % / 21 %.
En el ejercicio anterior estos porcentajes eran del 18 % / 19 % y 21 % / 22 %, respectivamente
Incremento de la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
Se adapta la aplicación a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, incrementando del 50 % al 60 % la bonificación aplicable a las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
El nuevo porcentaje del 60 % se aplicará a los períodos impositivos:
- Iniciados a partir del 1 de enero de 2026.
- Que no hubieran finalizado a 3 de septiembre de 2026, fecha de entrada en vigor de la norma.
Importante:
Para los períodos impositivos finalizados antes del 3 de septiembre de 2026, se mantendrá la bonificación del 50 %. Para realizar este control se tiene en cuenta la fecha informado en el apartado de “Filiación”.
Novedades
Parametrización de la fecha límite de materialización de la RIIB
La versión incorpora la posibilidad de configurar el plazo de materialización de la Reserva para Inversiones en las Illes Balears (RIIB).
Hasta ahora, la aplicación calculaba automáticamente la fecha límite utilizando un plazo de cuatro años. A partir de esta versión, se mantiene este criterio como valor predeterminado, pero se añade la posibilidad de informar un plazo de tres años.
Cómo informar el plazo de materialización de la RIIB
Accede a “Utilidades / Parámetros Generales” y activa el nuevo parámetro “Aplicar plazo de materialización de 3 años”.
- Si el parámetro está activado, la aplicación calculará la fecha límite utilizando 3 años.
- Si el parámetro no está activado, continuará utilizando el plazo de 4 años.
A tener en cuenta
- Cuando una sociedad tenga informado manualmente este dato, la aplicación respetará el valor introducido por el usuario.
Simulación de liquidaciones con tipo de gravamen foral
La versión incorpora una nueva funcionalidad orientada a los despachos que gestionan sociedades sujetas a normativa foral. A partir de ahora, desde la pestaña Diputaciones Forales, podrás informar manualmente un tipo de gravamen foral para realizar simulaciones de liquidación y obtener una estimación del resultado y del impuesto devengado. Esta funcionalidad facilita la estimación del resultado y del impuesto devengado cuando sea necesario trabajar con tipos distintos de los aplicables en territorio común.
Cómo informa un tipo de gravamen foral
Desde la opción “Diputaciones Forales” pulsa “Tipo de gravamen foral” e informa el tipo que deseas.
Puntos a tener en cuenta:
- Solo permite informar un único porcentaje manual.
- Tiene carácter exclusivamente informativo y de simulación.
- No realiza el cálculo completo del impuesto foral.
- La declaración no podrá presentarse utilizando un tipo de gravamen forzado manualmente.
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