Versión 9.83 a3asesor Eco. Novedades
Relación de cambios legales y novedades incorporados en la versión 9.83 de a3asesor Eco:
- Modelos trimestrales estatales y de las Diputaciones Forales para el ejercicio 2026
- Modelo 130
- Modelo 303
Cambios legales
Modelos trimestrales estatales y de las Diputaciones Forales para el ejercicio 2026
Con esta versión podrás realizar la presentación de los siguientes modelos:
- Modelos trimestrales estatales 111, 115, 123, 130, 131, 303 y 349.
- Modelos trimestrales Araba 111,115, 303, 310 y 349.
- Modelos trimestrales de Gipuzkoa 115, 130, 300, 310, 370 y 349.
- Modelos trimestrales de Bizkaia 111, 115, 123, 130, 303, 310 y 349.
- Modelos trimestrales de Canarias 420 y 421.
Modelo 130
Se incorporan los siguientes cambios en el modelo 130.
Nuevas casillas automáticas / manual en el modelo
A partir del ejercicio 2026 y siguientes, se modifica la pantalla de mantenimiento de datos manuales del modelo 130 para permitir la gestión manual del importe de la cuota correspondiente a:
- Actividades empresariales: casilla 20% del rendimiento neto.
- Actividades agrarias: casilla 2% del volumen de ingresos.
Esta mejora permite contemplar las reducciones aplicables en Ceuta y Melilla para actividades económicas y agrarias que requieren un porcentaje reducido de la cuota trimestral.
>> Modo automático
Cuando el campo esté configurado como automático, el programa calculará de forma automática el importe de la cuota trimestral tanto para actividades empresariales como agrarias, siempre que el usuario haya informado manualmente ingresos y gastos.
>> Modo manual
Cuando el campo esté en manual, el usuario podrá introducir directamente un importe reducido de la cuota, aplicable a los supuestos específicos de actividades desarrolladas en Ceuta y Melilla.
Enlace con a3asesor Ren
Se adapta el funcionamiento para las actividades empresariales en estimación directa con el fin de ajustarse a los requisitos del programa Renta Web de la AEAT para el ejercicio 2025.
Hasta ahora, el enlace enviaba:
- El incremento de existencias finales como ingreso.
- La disminución de existencias finales como gasto.
Con el nuevo criterio de la AEAT, para calcular la variación de existencias es necesario traspasar los valores de existencias iniciales y finales, dejando que Renta Web determine automáticamente si existe disminución o incremento.
Los datos se obtendrán directamente de los saldos contables del Grupo 3 (Existencias):
- Existencias iniciales: suma de los saldos iniciales del Grupo 3.
- Existencias finales: suma de los saldos finales del Grupo 3.
Estos valores pueden consultarse desde "a3asesor Eco / Plan Contable", a nivel de grupo, dentro del Grupo 3 Existencias.
En el Resumen de IRPF se seguirá visualizando la variación de existencias con el cálculo:
- Variación de existencias = Existencias iniciales – Existencias finales
- El traspaso a a3asesor Ren de estos datos solo se realizará en actividades cuya entrada se haga por Apuntes/Movimientos.
- Las actividades con entrada por Acumulados no recibirán esta información, ya que no disponen de plan de cuentas ni de acumulados de existencias iniciales/finales.
Se traspasará a a3asesor Ren el elemento correspondiente al número de vehículos y días para las actividades en estimación objetiva que lo requieran.
Para actividades en estimación objetiva de Canarias, se enviará a a3asesor Ren:
- El número de mesas, desglosado por capacidad.
- El número de días.
Este comportamiento se alinea con el ya existente para empresas de tributación estatal.
Modelo 303
-
Se añade una nueva marca en el apartado “Identificación” para que la empresa pueda indicar si realiza operaciones de entrega de carburantes procedentes de depósitos fiscales.
-
Se incorpora un nuevo campo en la ventana de entrada manual del modelo para informar el importe correspondiente a estas operaciones específicas.
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