Dispones de dos maneras de informar los bienes y derechos afectos a la actividad:

  1. Pulsa el botón Botón Bienes Afectos en las ventanas ampliadas de las Actividades.


    C1 C3 Bienes y derechos afectos a la actividad en Actividades

     

    A continuación, en el apartado superior de la ventana Bienes y Derechos afectos a la Actividad, informa los Bienes y Derechos afectos a la actividad (excepto inmuebles). Utiliza los botones Botón Nuevo y Botón Eliminar de la derecha de la ventana para dar de alta, modificar o eliminar los bienes y derechos afectos a la actividad.
    Marca el indicador "Exento" cuando el bien o derecho no deba constar a efectos de la declaración de Patrimonio.


    C1 C3 Bienes y derechos afectos a la actividad en Actividades Cumplimentacion

    Estos datos se trasladarán automáticamente al cálculo de la liquidación de Patrimonio.

  2. Realizando el alta de un elemento tipo C1 (Bienes y derechos afectos) o D (Bienes y dchos. afectos exentos) según el caso, en la Relación de Elementos del Mantenimiento de Declaraciones.


    C1 Bienes y derechos afectos

     

    La descripción de estos bienes sigue el siguiente formato: Epígrafe/Domicilio/Descripción.

    La adquisición de elementos de patrimonio supone una reducción de la liquidez para los declarantes en el año de su inversión. Para que la inversión en el elemento de patrimonio se vea reflejado en el cálculo de la liquidez, y por lo tanto en una reducción del disponible para el consumo, el valor del bien objeto de la inversión ha de estar informado en el campo “Invers. ejercicio”.

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