A continuación, te relacionamos los cambios legales adaptados en la versión 5.33.05, de a3asesor Nom:

Cambios Legales

1.- Adaptación de las Tablas de Bases y Tipos de Cotización aplicables a partir del 01/01/2026

1.1.- Buscador a3BOELaboral para localizar a los trabajadores afectados 
1.2.- ¿Qué debo hacer si tengo trabajadores afectados por estos cambios?

2.- ERTEs Inundaciones Andalucía y Extremadura – Nuevas causas 119 y 120 (RDL 5/2026 y BNR 3/2026)
3.- Actualización del importe exento por kilometraje en Navarra
4.- Modificación de las condiciones de la bonificación P3 en contratos de interinidad
5.- Actualización de contratos en papel para el colectivo de pescadores
6.- Actualización de tablas

6.1.- Actualización de tablas de afiliación TGSS
6.2.- Actualización de municipios en Delt@
6.3.- Incorporación de la entidad bancaria Trade Republic

1.- Adaptación de las Tablas de Bases y Tipos de Cotización aplicables a partir del 01/01/2026

Referencia Legal

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se han adaptado los siguientes valores en las tablas de cotización vigentes a partir de 1 de enero de 2026:

  • Las bases mínimas de cotización de todos los regímenes, quedan de la siguiente forma:

Tabla de bases mínimas para todos los regímenes

  • La base mínima por hora, aplicable a los contratos de trabajo a tiempo parcial, queda de la siguiente forma:

GT

Bases mínimas hora

1

11,98 euros

2

9,94 euros

3

8,65 euros

4 al 11

8,58 euros

  • Los topes mínimos para trabajadores a tiempo parcial, pasan a ser 1.424,40 euros al mes, 47,48 euros día y 8,58 euros la hora.
  • Las bases mínimas mensuales de los socios de cooperativas de trabajo asociado, quedan de la siguiente forma:

GT

Bases mínimas

1

895,20 euros

2

660,00 euros

3

574,20 euros

4 al 11

569,7 euros

  • Las cuotas de cotización en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje o los contratos de formación en alternancia, quedan de la siguiente forma:
     
    • Contingencias Comunes:
      • Empresa: 57,72 euros
      • Trabajador: 11,51 euros
      • Total: 69,23 euros

    • Cotización Mecanismo Equidad: 
      • Empresa: 10,68 euros
      • Trabajador: 2,14 euros
      • Total: 12,82 euros

    • Accidentes y Enfermedad Profesional:
      • Contingencias Profesionales IT: Empresa: 4,12
      • Contingencias Profesionales IMS: Empresa: 3,83

    • FOGASA: Empresa: 4,38 euros

    • Formación Profesional:
      • Empresa: 2,16 euros
      • Trabajador: 0,28 euros
      • Total: 2,44 euros

    • Desempleo:
      • Empresa: 78,34 euros
      • Trabajador: 22,08 euros
      • Total: 100,42 euros
                               tabla con los importes de cotización para formación
  • Bases mínimas de cotización para trabajadores del Régimen Especial Agrario:

    • Bases Mensuales Mínimas:

GT

Bases mínimas
mensuales

1

1.989,30 euros

2

1.649,70 euros

3

1.435,20 euros

4 al 11

1.424,40 euros

    • Bases mínimas diarias por Jornadas Reales:

GT

Bases mínimas

1

86,49 euros

2

71,73 euros

3

62,40 euros

4 al 11

61,93 euros

  • Los tramos mensuales en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, que pasan a ser:

tablas de cotización de empleados del hogar 

  • Importe por recargo de contratos de menos de 30 días, que pasa a ser 33,62 euros.

  • Alumnos que realizan prácticas formativas remuneradas:
    • Contingencias comunes:
      • Empresa: 57,72 euros
      • Trabajador: 11,51 euros
      • Total: 69,23 euros
    • IT: 4,12 euros
    • IMS: 3,83 euros

  • Alumnos que realizan prácticas formativas NO remuneradas:
    • Cuota empresarial Contingencias Comunes: 2,88 euros por día de práctica
    • IT: 0,18 euros por día de práctica
    • IMS: 0,17 euros por día de práctica

Botón buscador a3BOELaboral 1.1.- Buscador a3BOELaboral para localizar a los trabajadores afectados

Se incorpora el buscador "Normas de Cotización 2026" que te permitirá localizar a los trabajadores afectados por los cambios publicados en la Orden de Cotización.


Botón cómo encontrar a los trabajadores afectados  
¿Cómo encontrar a los trabajadores afectados?

Una vez actualizada la aplicación a la versión 5.33.05, accede al menú "Utilidades/ Buscador A3BOELaboral" y, dentro del apartado "Normas de Cotización 2026", posiciónate en los siguientes subapartados y pulsa el botón "Afectados".

  • Art. 3. Bases mínimas de cotización Régimen General
  • Art. 14. Bases mínimas de cotización del Régimen Especial Agrario
  • Art. 15. Bases de cotización de Empleados del Hogar
  • Art. 28. Cotización adicional en contratos de duración determinada
  • Art. 43. Base mínima cotización socios cooperativas tiempo parcial
  • Art. 46. Determinación de las cuotas contratos para la formación y aprendizaje y contratos formativos en alternancia.
  • Art. 47.1 Alumnos que realizan prácticas formativas remuneradas
  • Art. 47.3 Alumnos que realizan prácticas formativas no remuneradas

pantalla del buscador a3BOELaboral

pasos si tengo trabajadores afectados  1.2.- ¿Qué debo hacer si tengo trabajadores afectados por estos cambios?

Pueden darse tres situaciones:  


1) Nóminas de marzo de 2026

En los trabajadores afectados por los cambios de cotización, las nóminas de marzo de 2026 deben regularizarse mediante una paga de diferencias, sin necesidad de recalcular la nómina mensual.


Para realizar la regularización:

  1. Calcular una paga de diferencias de marzo de 2026 (Cálculo / Paga de diferencias).
  2. Generar el fichero de bases y enviarlo a través de SILTRA.


importanteImportante: Si existen trabajadores finiquitados en marzo, será necesario recalcular la paga de finiquito, ya que la paga de diferencias no actúa sobre trabajadores finiquitados.
Al recalcular el finiquito, se recalculará automáticamente la paga mensual del mes correspondiente.

2) Nóminas de enero y febrero de 2026

Las diferencias de cotización correspondientes a enero y febrero de 2026 serán regularizadas de oficio por la TGSS. Por tanto:

  • No debe presentarse ninguna liquidación complementaria para liquidar diferencias de estos meses.

importante Importante: En el caso de alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas, será necesario recalcular las nóminas de enero, febrero y marzo de 2026, con las nuevas cuotas por día de prácticas, para que los costes coincidan con la liquidación trimestral calculada por TGSS.

3) Atrasos que incluyan los periodos de enero y febrero 2026 de trabajadores que cotizaron por base mínima

Si realizamos un proceso de atrasos que incluya los meses de enero-febrero 2026, para trabajadores que durante estos 2 meses (enero-febrero 2026) han cotizado por base mínima, deberemos realizar previamente una paga de diferencias Z. Esto es necesario para que en el proceso de atrasos se tome la nueva base mínima como referencia.


Antes de calcular los atrasos, es necesario:

  1. Calcular una paga de diferencias Z del periodos indicados (enero-febrero 2026)
  2. A continuación, calcular la paga de atrasos.

Te lo explicamos todo, aquí.

2.- ERTEs Inundaciones Andalucía y Extremadura – Nuevas causas 119 y 120 (RDL 5/2026 y BNR 3/2026)

Referencia legal

Como consecuencia de los graves daños producidos por las inundaciones en Andalucía y Extremadura, el Real Decreto-ley 5/2026 establece nuevas medidas excepcionales para facilitar la continuidad de la actividad empresarial en las zonas afectadas.
Estas medidas incluyen exoneraciones específicas de cuotas a la Seguridad Social, aplicables a empresas que deban tramitar un ERTE por fuerza mayor o por causas ETOP derivadas de estos acontecimientos.

El Boletín RED 3/2026 desarrolla las instrucciones técnicas para su aplicación e incorpora dos nuevas causas de declaración responsable:

  • 119 – ERTE FM Inundaciones RDL 5/2026
  • 120 – ERTE ETOP Inundaciones RDL 5/2026


duración del ERTE Duración: 4 de febrero de 2026 a 30 de junio de 2026.


¿Cómo afecta en la aplicación?

2.1.- Nuevos códigos de declaración responsable: 119 y 120

En el centro de trabajo (ventana “Varios” botón “Fechas ERTE/ Exoneraciones”), se crean 2 nuevos códigos de declaración responsable:

  • 119 – ERTE Fuerza Mayor INUNDACIONES RDL 5/2026
  • 120 – ERTE ETOP INUNDACIONES RDL 5/2026

pantalla con los motivos de ERTE


Como es habitual, al seleccionar el tipo de ERTE, será necesario informar la fecha de inicio y fin del expediente.

2.2.- Nuevos códigos de inactividad

Estos ERTE llevan asociados los siguientes códigos de inactividad:

  • 119 – ERTE FM Inundaciones RDL 5/2026
    • P9: Suspensión ERTE FM inundaciones RDL5/26
    • Q1: Reducción ERTE FM inundaciones RDL5/26
  • 120 – ERTE ETOP Inundaciones RDL 5/2026
    • Q2: Suspensión ERTE ETOP inundaciones RDL5/26
    • Q3: Reducción ERTE ETOP inundaciones RDL5/26

2.3.- Exoneraciones aplicadas automáticamente

Cada causa tiene definidos sus porcentajes de exoneración, que la aplicación calcula automáticamente:


Causa 119 – ERTE FM Inundaciones

  • Febrero 2026: 90%
  • Marzo a junio 2026: 100%
    (Excluyendo MEI y Cotización Adicional de Solidaridad)


Causa 120 – ERTE ETOP Inundaciones

  • Desde el inicio de vigencia → 20%

2.4.- ¿Qué debes hacer para informar esta situación en la aplicación?

1. Informar el código de declaración responsable 119 ó 120 a nivel de centro de trabajo (acceso: “Datos/ Centros de Trabajo/ Mantenimiento Datos”, pestaña "Varios", botón: “Fechas ERTE/ Exoneraciones”).

2. Introducir el tipo de incidencia “14 - Inicio de Expediente Regulación" de los trabajadores afectados por este tipo de ERTE y, automáticamente, aparecerá seleccionado el tipo de exoneración a aplicar.

3.- Actualización del importe exento por kilometraje en Navarra

Referencia legal

De acuerdo con la normativa foral de Navarra, se establece que, cuando el trabajador utilice vehículo propio para desplazamientos profesionales, quedará exenta de gravamen la cantidad resultante de computar 0,36 euros por kilómetro recorrido, siempre que se acredite la realidad del desplazamiento, además de los gastos de peaje y aparcamiento justificados.

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se ha actualizado el valor correspondiente en “Tablas/ Cotización/ Bases y Tipos de Cotización”, dentro de la ventana de Exenciones, quedando fijado en 0,36 euros/km.

4.- Modificación de las condiciones de la bonificación P3 en contratos de interinidad

Referencia legal

El Boletín RED 1/2026 introduce una modificación en las condiciones de la bonificación P3, aplicable a los contratos de interinidad de personas que sustituyen a trabajadoras víctimas de violencia de género o violencia sexual.

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se han actualizado las causas de sustitución disponibles en la afiliación del trabajador:

  • Se incorpora el nuevo valor 18 – Sustitución de víctima de violencia de género, que sustituye al valor anterior 06.
  • Se mantiene el valor 09 – Sustitución de víctima de violencia sexual.

Este nuevo valor 18 ya está disponible en la tabla de Causa de sustitución, accesible desde el botón Afiliación del trabajador, y debe seleccionarse para aplicar correctamente la bonificación.

5.- Actualización de contratos en papel para el colectivo de pescadores

Se han actualizado los modelos de contratos en papel del colectivo de pescadores, conforme a los últimos cambios publicados por el SEPE (https://www.sepe.es) y en las alertas laborales correspondientes.

6.- Actualización de tablas

6.1.- Actualización de tablas de afiliación TGSS

Se han actualizado las tablas de afiliación de la Tesorería General de la Seguridad Social, incorporando los últimos literales publicados en:

  • Tabla T-21 – Situación
  • Tabla T-39 – Causa de sustitución

6.2.- Actualización de municipios en Delt@

Se ha actualizado la tabla de municipios utilizada en Delt@, incorporando las últimas modificaciones publicadas con fecha 10 de febrero de 2026.

6.3.- Incorporación de la entidad bancaria Trade Republic

Se ha añadido la entidad bancaria Trade Republic en la tabla de bancos disponibles en la aplicación.

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